Derechos de autor y licenciamientos


  • ¿Qué es el Derecho de Autor? 

Marco legal (Ley Argentina de Propiedad Intelectual 11.723) que reconoce el derecho exclusivo que tiene el autor de  disponer y hacer uso de su obra creada.

  • La ley 11.723, ¿ a qué tipo de obra hace referencia?

La ley hace referencia a toda creación intelectual de carácter literario, técnico, científico siempre y cuando tal obra haya sido formalmente materializada. Tener presente que las ideas no tienen derecho de autor hasta que se convierten en obras.

  • ¿Qué tipo de derechos reconoce la ley a favor de los autores sobre sus obras?
    • a) Derechos morales: *Derechos de carácter personal que corresponden en exclusiva al autor de una obra. *Son personales e intransferibles *Reconocimiento de la paternidad e integridad de la obra.
    • b) Derechos patrimoniales: *Derechos económicos transferibles y de duración limitada en el tiempo. * No  pueden ser utilizados sin el consentimiento del titular. *Abarcan derechos de reproducción, distribución, transformación y comunicación pública.
  • Para obtener la protección de Derecho de Autor sobre una determinada obra, ¿es necesario registrarla previamente en alguna institución?

La protección del Derecho de Autor sobre una determinada obra, sea literaria, científica, técnica, es automática (por  defecto): el Derecho de Autor rige desde el mismo momento en que el autor crea la obra en cuestión publicada o inédita, por lo que, no es obligatorio registrar una obra ante la autoridad competente para obtener protección legal sobre ella, sí es recomendable por su valor probatorio ante caso de plagio. Dirección Nacional de Derecho de Autor: http://www.jus.gob.ar/derecho-de-autor.aspx.

 

  • ¿El autor puede ceder sus derechos patrimoniales a favor de terceros?

Es factible mediante un contrato de cesión de sus derechos patrimoniales, acuerdo por el que el autor transfiere la titularidad  de uno o más de sus derechos patrimoniales sobre la obra a favor de un tercero. Esta cesión puede ser  no exclusiva, compartida la titularidad de los derechos con el cesionario o exclusiva (el autor se desprende de los derechos patrimoniales que cede sobre la obra en cuestión).

  • Adenda al acuerdo de publicación con editorial (es un documento jurídico que se añade al Acuerdo de Transferencia de Copyright y en el que se incluyen cláusulas favorables para poder difundir el trabajo en acceso abierto). A continuación, puede descargar los modelos de adenda:

 

  • ¿Con qué herramientas legales/licenciamientos puede contar un autor para establecer qué usos desea que se haga de su obra, en el contexto de circulación por Internet?

La creación y la explotación de obras en el ámbito de las nuevas redes de comunicaciones electrónicas lleva a un mayor control, por parte del autor, en la difusión de sus obras y sus múltiples posibilidades de acceso. En este contexto, surgen iniciativas como las licencias Creative Commons. Creative Commons son herramientas legales mediante las cuales el autor establece bajo qué condiciones se hará uso de su obra , y amplía el valor de prueba y presunción de autoría que ya viene por defecto con el Copyright.

  • La protección del Derecho de Autor sobre una obra, ¿queda sin efecto con el uso de licenciamientos como lo son los basados en Creative  Commons?

Las Licencias Creative Commons complementan el régimen legal de Derechos de Autor; con las licencias el autor autoriza el uso de su obra por terceros, en el contexto de Internet. El autor sigue manteniendo todos los derechos sobre su obra, así por ejemplo, que una licencia CC indique la prohibición de hacer un uso comercial de ésta, no afecta en nada el derecho del autor a comercializar esa obra (las licencias afectan a los usuarios no a los autores que las utilizan).

 

Creative Commons establece cuatro condiciones de uso que, combinadas entre sí, dan lugar a seis licencias a escoger. Todas las licencias implican el reconocimiento de la autoría de la obra.Creative Commons habilita la descarga, el uso y compartición de los contenidos siempre que se mencionen la obra y al autor original. en el momento de escoger una licencia Creative Commons, existen dos opciones para tener  en cuenta: * si se van a permitir usos comerciales de la obra; *si se va a permitir hacer obras derivadas de la obra  original.

 

→Página principal de CChttps://creativecommons.org.ar/

→Vea aquí las combinaciones posibles de las licencias: http://creativecommons.org.ar/licencias

→¡Creé aquí su licencia CC!: https://creativecommons.org/choose/?lang=es_AR